Muchos ya disfrutan de un fin de semana XXXXL. Sin embargo, otros se preguntan cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable.
Esta semana y la próxima se verá algo que hace mucho no se ve, porque ocurrirá un fin de semana XXXXL, con 3 feriados y un día no laborable.
Sin embargo, al ser feriados los días viernes, lunes y martes, mucha gente se pregunta cuál es la diferencia entre ambos días y efectivamente qué pasará el jueves.
Según la Ley 20.744 o de Contrato de Trabajo (LCT) y la Ley 27.399, para los feriados del viernes, lunes y martes, si un empleado desempeña tareas laborales durante la jornada, tiene derecho a recibir el doble de su salario habitual.
En cambio, para el día jueves, ahí la decisión de si el empleado debe o no cumplir funciones la tendrá exclusivamente el empleador. En el caso de concurrir a trabajar, no se pagará doble como si fuese un feriado.
Esta opción es obligatoria para la administración pública, por lo cual volverán a las actividades el miércoles, mientras que en el ámbito privado sí es opcional.
- Jueves Santo (28/3): día no laborable
- Viernes Santo (29/3): feriado nacional
- Sábado Santo (30/3): no hay feriado
- Domingo de Pascua (31/3): no hay feriado
- Lunes (1/4): feriado con fines turísticos
- Martes (2/4): feriado nacional
Otro detalle no menor a tener en cuenta es lo que ocurre los días sábado y domingo, porque a pesar de que estén en medio de feriados y días no laborables, no pertenecen a ninguno de los dos.
En el caso de aquellos empleados que trabajen durante ambos días, y el empleador así lo decida, deberán concurrir a sus puestos de trabajo. Otros, mientras puedan, aprovecharán ya de descanso hasta el próximo miércoles 3 de abril.